EN VIVO La Mega 98.9 FM Facebook · Mega Éxitos 98.9 WhatsApp
Miércoles 14 de octubre Sierra Grande · Río Negro
Sierra Grande
--° Cargando clima…
    Último momento
    El Gobierno Provincial inauguró el 14° Centro de Salud en General Roca | Prensa y ComunicaciónTrata: la capacitación “Municipios en alerta” llega a Guardia Mitre | Prensa y ComunicaciónLa insistencia del Gobierno para la economía durante 2027: “No va a haber volatilidad ni tensión”La nueva escuela que construye Río Negro y que inspiró a Natali a abrir su librería en Cipolletti | Obras y Servicios PúblicosGuardas Ambientales detectaron caza ilegal de guanacos en Somuncurá | Energía y AmbienteEl arzobispo Jorge Lozano: “Queremos privilegiar la salud del Papa, el viaje a la Argentina se puede reprogramar”Dólar hoy: a cuánto operan todas las cotizaciones minuto a minuto este miércoles 14 de octubreVacacionar en Brasil es 40% más caro que el año pasado: cuánto cuestan los paquetes para el verano 2027

    El cobro abusivo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos puede ser delito

    Publicidad
    MEGASTUDIO
    abertura
    promo
    lubri
    pana
    El cobro abusivo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos puede ser delito

    Una pyme puede tener dinero suficiente para pagar los sueldos y, al mismo tiempo, no disponer de él porque quedó retenido por un fisco al que no se lo debía. En su contabilidad aparece un “saldo a favor”. En la práctica, debe endeudarse para reemplazar fondos propios, postergar compras o explicarles a sus proveedores por qué no puede pagar. Mientras tanto, la administración que recibió el excedente puede seguir cobrándole. El problema de Ingresos Brutos llegó a un punto que exige discutir la responsabilidad penal de quienes ordenan o mantienen cobros que saben indebidos. Una resolución administrativa, un padrón informático y un débito bancario pueden dar apariencia de normalidad a una conducta subyacente que merece ser investigada como delito. Las retenciones y percepciones son mecanismos para cobrar a cuenta del impuesto. Cuando superan la obligación, generan un crédito del contribuyente.

    Fuente: infobae/economia — ver publicación original.

    Publicidad
    RADIO
    ten
    isp

    Más de Economía

    Ver todas →
    EN VIVOLa Mega 98.9 FM