El Gobierno envió este martes a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Competitividad Financiera. Es una reforma de 240 artículos que cambia las reglas del crédito, del mercado de capitales y de las garantías. La iniciativa incluía un artículo que proponía cobrar Ganancias por la venta de Cedears, pero ante la polémica anunció que retirará ese punto.
La iniciativa lleva la firma del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y de los ministros Luis Caputo, Federico Sturzenegger y Alejandra Monteoliva. Va a ser tratada en cuatro comisiones: Legislación General, Pequeñas y Medianas Empresas, Finanzas y Presupuesto y Hacienda.
Uno de los puntos con más impacto para los ahorristas es un cambio en el Impuesto a las Ganancias. Hoy, las personas que compran Cedears no pagan Ganancias cuando los venden, porque estos certificados tienen la misma exención que las acciones argentinas. El proyecto buscaba terminar con ese beneficio.
Sin embargo, ante la polémica que se generó, el asesor del ministro de Economía, Felipe Nuñez, anunció en redes: “[El artículo] quedó de un borrador viejo. Se va a retirar!”.
Qué dice el proyecto para modificar el mercado de capitales
En los fundamentos, el Poder Ejecutivo sostiene que la ley actual abrió “una fisura en el sistema”, porque los inversores locales compran Cedears para no pagar impuestos cuando “en realidad están invirtiendo en activos subyacentes extranjeros que, de ser adquiridos de forma directa, se encontrarían plenamente gravados”. El Gobierno dice que el objetivo es dejar de dar “incentivos que desvían el ahorro local hacia activos externos”.
Según el mensaje que acompaña al proyecto, la reforma busca bajar los costos de las operaciones financieras, dar más crédito y adaptar las leyes a la economía digital. Para eso incorpora la “neutralidad tecnológica”: los títulos de crédito van a poder emitirse y registrarse en soportes digitales, como los registros distribuidos del tipo blockchain. También se habilita la tokenización de acciones, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de fideicomisos. Además, los activos virtuales pasan a estar bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Cambios en plazos fijos
Otro cambio es para los plazos fijos. Los certificados a 365 días o más se van a poder vender en los mercados regulados por la CNV antes de que venzan. Así, quien quiera recuperar su dinero antes no va a necesitar cancelar el plazo fijo. Los pagarés y las letras de cambio van a poder incluir cláusulas de actualización por índices y pagarse con productos como granos o minerales. Los cheques van a poder negociarse a través de nuevos agentes autorizados por la CNV.
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En materia de garantías, el proyecto cambia el régimen de prenda con registro. Ahora se van a poder usar como garantía software, acciones, cuotas sociales, activos virtuales y créditos futuros. También se crea la “prenda flotante” sobre inventarios, cobranzas y flujos de fondos futuros. Además, se crea un Sistema Federal de Registro de Garantías, que va a funcionar como una red nacional bajo supervisión del Banco Central. En ese sistema, la prioridad entre acreedores se define por la fecha y la hora exactas de inscripción. Hasta que el registro funcione, las prendas se van a seguir inscribiendo con el sistema actual.
Para las pymes, el proyecto cambia la Factura de Crédito Electrónica MiPyME: el plazo para que quede aceptada de forma automática pasa de 15 a 21 días corridos. También se agrega la negociación electrónica de cheques, pagarés y warrants. El Banco Central pasa a ser autoridad de aplicación de las Sociedades de Garantía Recíproca y de la factura de crédito electrónica.
En el sector inmobiliario, el texto permite que quien pone un terreno en un fideicomiso para un desarrollo pague Ganancias recién cuando cobre su parte. Hoy lo paga en el momento del aporte, como si se tratara de una venta. Por último, el proyecto deroga, entre otras normas, la Ley de Prenda Agraria, la ley de Sociedades Emisoras y el decreto de 1943 que regulaba a las sociedades de capitalización y ahorro.












