EN VIVO La Mega 98.9 FM Facebook · Mega Éxitos 98.9 WhatsApp
Jueves 22 de octubre Sierra Grande · Río Negro
Sierra Grande
--° Cargando clima…
    Último momento
    De qué murió Sahara Ray: la dura etapa que atravesó la modelo antes de fallecer a los 34 añosLa mayor petrolera del mundo evacuó a su principal refinería por los ataques hutíes mientras sube el precio del barril de crudo“Quería inspirar a otros a desafiar sus propias limitaciones”: un entrenador logró el récord de más flexiones de brazos en 3 minutosRío Bot y Nahuel articulan respuestas para mejorar la atención a vecinos y turistas en Bariloche | Prensa y ComunicaciónRescataron con hipotermia grave a dos adolescentes abandonados por sus padres en los Alpes a más de 2.300 metrosEl Gobierno confirmó un nuevo feriado nacional por la visita del papa León XIV: cuándo seráContinúan los bloqueos en el sur de Italia pese al acuerdo anunciado por el gobierno de Giorgia MeloniLe avisaron que había ganado una fortuna, creyó que se trataba de una estafa y bloqueó el número

    Desalojo “exprés”: qué cambiará para inquilinos y dueños con el proyecto que tuvo media sanción en Diputados

    Publicidad
    MEGASTUDIO
    abertura
    promo
    lubri
    pana
    Desalojo “exprés”: qué cambiará para inquilinos y dueños con el proyecto que tuvo media sanción en Diputados

    La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, que modifica los procedimientos de desalojo en inmuebles urbanos y rurales. Como la iniciativa recibió cambios durante su tratamiento, deberá regresar al Senado para que la Cámara alta defina si acepta las modificaciones antes de que pueda convertirse en ley. La propuesta busca acelerar los desalojos y precisar las obligaciones de propietarios, inquilinos y demás ocupantes. Entre sus puntos centrales, dispone que la acción de desalojo se tramite por el “juicio sumarísimo”, un procedimiento más breve que el ordinario. También amplía quiénes pueden iniciar el reclamo. La acción no se limita a los propietarios: procederá a pedido de cualquier persona que invoque un derecho o interés legítimo afectado, sin importar su naturaleza jurídica. Podrá dirigirse contra locatarios, sublocatarios, tenedores precarios, intrusos y otros ocupantes cuyo deber de restituir sea exigible.

    Fuente: infobae/economia — ver publicación original.

    Publicidad
    RADIO
    ten
    isp

    Más de Economía

    Ver todas →
    EN VIVOLa Mega 98.9 FM