La muerte de Jesús de Miguel a los 30 años abrió un debate judicial en España. Jesús Owono, el arquero del Andorra involucrado en el choque, podría enfrentar cargos por homicidio imprudente. Qué pena establece la ley y qué se sabe del caso.
La muerte de Jesús de Miguel, el futbolista español de 30 años que falleció tras un violento choque durante un partido, abrió un interrogante que trasciende el ámbito deportivo: ¿puede ir preso el arquero involucrado en la jugada? El protagonista es Jesús Owono, guardameta del FC Andorra, quien fue expulsado después del impacto que provocó una emergencia médica y terminó con la vida del delantero del Tenerife.
Según publicó Infobae España, la posible responsabilidad penal del arquero dependerá de si la acción puede considerarse una imprudencia grave, si superó los riesgos habituales del fútbol y si existe una relación causal demostrable entre el golpe y el fallecimiento. La legislación española contempla penas de hasta cuatro años de prisión por homicidio imprudente, aunque hasta el momento no se confirmó que Owono haya sido imputado ni que exista una investigación penal abierta en su contra.
El artículo 142 del Código Penal español establece diferentes sanciones para los casos de homicidio por imprudencia.
Si se demuestra que una persona provocó la muerte de otra mediante una imprudencia grave, la pena prevista es de uno a cuatro años de prisión.
En cambio, cuando la conducta se considera una imprudencia menos grave, la legislación contempla una multa de entre tres y dieciocho meses.
Sin embargo, no todos los accidentes deportivos con consecuencias fatales constituyen delitos. El fútbol es una actividad de contacto en la que los jugadores asumen determinados riesgos durante la competencia.
La cuestión será establecer si la intervención del arquero excedió esos riesgos y si existió una conducta negligente con relevancia penal.
Uno de los elementos que podrían resultar importantes en una eventual investigación es el acta oficial del partido disputado entre el Tenerife y el Andorra.
El árbitro Manuel Ángel Pérez Hernández expulsó a Jesús Owono con tarjeta roja directa después de considerar que había impactado contra su rival con la pierna elevada y utilizando fuerza excesiva mientras ambos disputaban la pelota.
La descripción de la jugada podría ser analizada junto con las imágenes del encuentro y los informes médicos.
No obstante, una expulsión no significa que el jugador haya cometido un delito. La sanción deportiva y la responsabilidad penal son cuestiones diferentes.
Para establecer si existió homicidio imprudente, la Justicia tendría que evaluar la mecánica del choque, la posibilidad de evitar el impacto y las circunstancias que provocaron la muerte del delantero.
El accidente ocurrió el lunes 2 de noviembre, durante los últimos minutos del encuentro entre CD Tenerife y FC Andorra, correspondiente a la Segunda División española.
Owono salió de su área para disputar una pelota larga y terminó impactando con su rodilla contra el pecho de De Miguel.
El delantero cayó al césped y sufrió un paro cardiorrespiratorio. Los médicos lograron reanimarlo y fue trasladado al Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, donde permaneció internado en terapia intensiva.
Aunque inicialmente se informó que estaba estable dentro de la gravedad, su condición neurológica empeoró durante la madrugada.
El Tenerife confirmó su fallecimiento el martes 3 de noviembre de 2026, lo que provocó una profunda conmoción en el fútbol español.
Además de las eventuales consecuencias judiciales, el arquero podría recibir una sanción disciplinaria por la acción que terminó con la expulsión.
El Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol contempla suspensiones para distintas conductas violentas o peligrosas durante los encuentros.
La cantidad de partidos dependerá de la calificación que realicen los organismos disciplinarios.
Por ahora, no existe una resolución judicial que atribuya responsabilidad penal a Owono.
La muerte de Jesús de Miguel volvió a poner en debate los límites entre los accidentes propios de la competencia y las acciones que pueden tener consecuencias legales.
La posibilidad de una condena de hasta cuatro años de prisión está contemplada por la legislación española, pero su aplicación dependería de una investigación y de pruebas que permitan establecer si existió un delito.
Fuente: Diario Río Negro — Regionales — ver publicación original.












